ALERTA LEGAL FINTECH: MODELOS NOVEDOSOS “SANDBOX”

ALERTA LEGAL FINTECH: MODELOS NOVEDOSOS “SANDBOX”

El día de hoy, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, fueron publicadas, en el Diario Oficial de la Federación, las Disposiciones de Carácter General aplicables a Modelos Novedosos a que hace referencia la Ley Fintech.

El objeto dichas se centra en:

a) Establecer la documentación adicional necesaria para obtener la autorización temporal de las sociedades que pretendan operar con Modelos Novedosos.
b) Establecer los criterios y condiciones adicionales para el otorgamiento de las autorizaciones temporales.
c) Determinar el procedimiento y requisitos para el registro, inscripciones y anotaciones de las sociedades que pretendan operar con Modelos Novedosos.
d) Establecer los reportes que deberán de entregarse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público referentes a las operaciones realizadas durante la vigencia de la autorización temporal.

Las sociedades que busquen operar con Modelos Novedosos deberán cumplir con:

• Reformar los estatutos sociales en los que se señale, en el objeto social, las actividades u operaciones que se pretendan llevar a cabo al amparo de la autorización temporal.
• Indicar del domicilio de la posible sociedad autorizada en la que se asientan principalmente sus negocios.
• Contar con Registro Federal de Contribuyentes con homoclave de los interesados y de la posible sociedad autorizada.
• Mostrar la estructura organizacional de la posible sociedad autorizada y la relación directa e indirecta de las personas que participen del capital social de la posible sociedad autorizada.
• Indicar datos de contacto de la posible sociedad autorizada como de sus interesados.
• Contar con procedimientos de salida en caso de no obtener la autorización.

Así, la sociedad que pretenda realizar Operaciones con Modelos Novedosos deberá presentar su solicitud de autorización ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Asimismo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público contará con un plazo de ciento veinte días naturales para implementar el Registro de Modelos Novedosos.

El documento integro podrá consultarse en el siguiente enlace:  https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5552465&fecha=11/03/2019

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